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Listos los beneficios para contribuyentes del RIF. Descubre quienes no pagarán IVA y IEPS por tribut

Las personas físicas con actividad empresarial, cuyas ventas sean al público en general, y cuyos ingresos no rebasen los 100,000 pesos al año, no pagarán el IVA y el IEPS a partir de 2015, detalló el Servicio de Administración Tributaria (SAT).


En un comunicado, la dependencia aseguró que la finalidad del beneficio es apoyar el desarrollo de los contribuyentes con mínima capacidad administrativa, y evitar que operen en la informalidad.


“El Ejecutivo Federal otorgó a quienes tienen ingresos anuales de hasta 100,000 pesos un descuento del 100% del IVA y del IEPS, a pagar durante los años en que tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF)”, precisó el organismo.


Asimismo, indicó que el nuevo régimen ofrece un esquema de cálculo simplificado de estos dos impuestos con base en dos datos: el monto de los ingresos bimestrales y el sector al que pertenece el contribuyente. Con ello, se calculará el monto de los impuestos y posteriormente aplicará el descuento del 100%.


Por otra parte, mencionó que los contribuyentes con ventas al público en general, con ingresos entre 100,000 y 2 millones de pesos anuales, tampoco pagarán IVA ni IEPS en su primer año de incorporación, y se les otorgarán descuentos durante los siguientes nueve años, como ocurre en el caso del impuesto sobre la renta.


Lo anterior de acuerdo con un decreto que otorga beneficios fiscales a quienes tributen en el RIF, publicado por en el Diario Oficial de la Federación el pasado 10 de septiembre de 2014, y que entró en vigor el 1 de enero de 2015.


“Además de estos beneficios, los contribuyentes que se integran a la formalidad inscribiéndose en el RIF tienen la oportunidad de obtener acceso a los servicios de salud, financiamiento de vivienda, otorgamiento de una pensión, créditos a su medida”, reiteró la dependencia.


Las personas físicas con actividad empresarial, cuyas ventas sean al público en general, y cuyos ingresos no rebasen los 100,000 pesos al año, no pagarán el IVA y el IEPS a partir de 2015, detalló el Servicio de Administración Tributaria (SAT).


En un comunicado, la dependencia aseguró que la finalidad del beneficio es apoyar el desarrollo de los contribuyentes con mínima capacidad administrativa, y evitar que operen en la informalidad.


“El Ejecutivo Federal otorgó a quienes tienen ingresos anuales de hasta 100,000 pesos un descuento del 100% del IVA y del IEPS, a pagar durante los años en que tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF)”, precisó el organismo.


Asimismo, indicó que el nuevo régimen ofrece un esquema de cálculo simplificado de estos dos impuestos con base en dos datos: el monto de los ingresos bimestrales y el sector al que pertenece el contribuyente. Con ello, se calculará el monto de los impuestos y posteriormente aplicará el descuento del 100%.


Por otra parte, mencionó que los contribuyentes con ventas al público en general, con ingresos entre 100,000 y 2 millones de pesos anuales, tampoco pagarán IVA ni IEPS en su primer año de incorporación, y se les otorgarán descuentos durante los siguientes nueve años, como ocurre en el caso del impuesto sobre la renta.


Lo anterior de acuerdo con un decreto que otorga beneficios fiscales a quienes tributen en el RIF, publicado por en el Diario Oficial de la Federación el pasado 10 de septiembre de 2014, y que entró en vigor el 1 de enero de 2015.


“Además de estos beneficios, los contribuyentes que se integran a la formalidad inscribiéndose en el RIF tienen la oportunidad de obtener acceso a los servicios de salud, financiamiento de vivienda, otorgamiento de una pensión, créditos a su medida”, reiteró la dependencia.


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